CONSULTA PÚBLICA PARA LA REDACCIÓN DEL PROYECTO DE REGLAMENTO MUNICIPAL REGULADOR DEL ESPACIO MUNICIPAL DE RECREO PARA PERROS
#consultapública Nuevo reglamento para el área de perros
Dada la oportunidad de proceder a la elaboración y aprobación del Reglamento municipal núm. 33 regulador del espacio municipal de recreo para perros, en los términos del artículo 178 del Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña.
Con el objetivo de garantizar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango reglamentario, y en cumplimiento de lo que dispone el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones. Públicas -LPACAP-, con carácter previo a la elaboración de la Ordenanza, se sustancia una consulta pública previa para pedir la opinión de los ciudadanos y de las organizaciones más representativas que potencialmente puedan verse afectados por ésta, sobre una serie de aspectos como son los problemas que se pretende solucionar con la iniciativa, la necesidad y la oportunidad de su aprobación, los objetivos de la norma y las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
El marco en el que se plantea la nueva norma es el siguiente:
Antecedentes
Dado que el Ayuntamiento de Guissona no dispone de normativa municipal que regule los espacios de recreo para perros, su gestión y organización, normas de funcionamiento, sanciones, así como todo tipo de aspectos relacionados con este espacio Municipio, se considera necesaria la elaboración de un Reglamento que regule todos estos aspectos mencionados anteriormente.
Problemas a resolver con la iniciativa reglamentaria
El nuevo reglamento debe dar respuesta a la necesidad de este servicio, así como a su regulación y organización.
La necesidad y oportunidad de su aprobación
Es necesaria la elaboración de un Reglamento que fije las normas de organización y funcionamiento de las zonas de recreo para perros.
Los objetivos de la norma
El objetivo básico del Reglamento es conseguir un marco de normas para que éstos sean usados por los usuarios de las zonas de recreo para perros.
Las posibles soluciones alternativas reguladoras y no reguladoras
La solución únicamente puede ser la aprobación, por el órgano competente, del correspondiente reglamento.
Durante el plazo de los quince días naturales (art. 83.2 LPACAP) siguientes a la publicación del presente Edicto en el sitio web municipal, los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, podrán hacer llegar sus opiniones a través del buzón de correo electrónico siguiente : ayuntamiento@guissona.cat (Enlace externo).
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