CONSULTA PÚBLICA POR LA REDACCIÓN DEL PROYECTO DE REGLAMENTO MUNICIPAL REGULADOR DEL SERVICIO DE CUIDADO PUNTUAL INFANTIL
#consultapública Servicio de cura
Dada la oportunidad de proceder a la elaboración y aprobación del Reglamento municipal núm. 31 regulador del servicio de cuidado puntual infantil en los términos del artículo 178 del Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña.
Con el objetivo de garantizar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango reglamentario, y en cumplimiento de lo que dispone el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones. Públicas -LPACAP-, con carácter previo a la elaboración de la Ordenanza, se sustancia una consulta pública previa para pedir la opinión de los ciudadanos y de las organizaciones más representativas que potencialmente puedan verse afectados por ésta, sobre una serie de aspectos como son los problemas que se pretende solucionar con la iniciativa, la necesidad y la oportunidad de su aprobación, los objetivos de la norma y las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Como consecuencia, se somete a consulta pública previa a la elaboración de la Ordenanza Fiscal reguladora de los precios públicos por el uso de los espacios municipales en el Ateneu de Guissona.
MEMORIA
Antecedentes
La Resolución IFE/3877/2021, de 29 de diciembre, aprueba la financiación a los ayuntamientos de más de 20.000 habitantes ya los consejos comarcales para impulsar la prestación de servicios de cuidado puntual para niñas y niños de 0 a 14 años en todo el territorio catalán. La transferencia apoya a los entes locales para el refuerzo y ampliación de servicios ya existentes o la creación de nuevos servicios de cuidado infantil de proximidad
El objetivo de esta política es avanzar en la corresponsabilidad pública hacia los cuidados y responde a varios objetivos específicos. Primero, consolidar el derecho a los cuidados de las niñas y niños. Segundo, liberar tiempo para las familias, especialmente para las mujeres, a las que, mayoritariamente, se ha atribuido el trabajo de los cuidados. Tercero, acreditar la experiencia adquirida en el ámbito de los cuidados. Cuarto, generar nuevo empleo de calidad en este sector. Y, por último, hacerlo avanzando en la igualdad.
Este reglamento debe ser el instrumento que facilite el funcionamiento de este servicio en Guissona, un reglamento revisable y adaptable a la evolución de las necesidades del servicio.
Problemas a resolver con la iniciativa reglamentaria
El nuevo reglamento debe dar respuesta a la necesidad de este servicio, así como a su regulación y organización.
La necesidad y oportunidad de su aprobación
Es necesaria la elaboración de un Reglamento que fije las normas de funcionamiento para la utilización de las estructuras y recursos del equipamiento, potenciando al máximo su carácter público y abierto.
Los objetivos de la norma
El objetivo básico del Reglamento es conseguir un marco de normas para que éstos sean usados por los usuarios del espacio de cuidado puntual infantil que ofrece el Ayuntamiento.
Las posibles soluciones alternativas reguladoras y no reguladoras
La solución únicamente puede ser la aprobación, por el órgano competente, del correspondiente Reglamento, pues conforme el artículo 217 del Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña (TRLMRLC) “[...]el uso de los bienes de servicio público se rige por lo que disponen las normas sobre servicios de los entes locales y, supletoriamente, por las que regulan su patrimonio”, y, por tanto, y en concordancia con el artículo 247.1 TRLMRLC es necesario “[...]regularlo por reglamento”.
Durante el plazo de los veinte días (art. 83.2 LPACAP) siguientes a la publicación del presente Edicto en el sitio web municipal, los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, podrán hacer llegar sus opiniones a través del siguiente buzón de correo electrónico : ayuntamiento@guissona.cat.
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